AREAS DE PRACTICA
INMIGRACIÓN
Las leyes de inmigración regulan las formas en que las personas de otros países pueden venir a los EE.UU. Cada proceso de inmigración es largo y complejo, por lo que le aseguramos que su caso será manejado por los profesionales más calificados y pondremos en práctica toda nuestra experiencia y conocimientos para que su situación sea resuelta.
La ley de inmigración implica procesos complejos entre las diversas leyes, categorías, plazos, excepciones y exenciones. Una persona que se expone a la detención, deportación, perder el beneficio de vivir en los Estados Unidos, perder la seguridad de estar en un país legalmente.
Las consecuencias son graves cuando se trata de inmigración, no debe poner su caso en manos de alguien inexperto.
Asesórese con un profesional que pueda guiarlo y representarlo. Ya sea una consulta, revisar documentos, llenar formularios, preparar mociones o apelaciones y representarlo en una entrevista o en la corte.
No hay peor experiencia que la deportación para un ciudadano no estadounidense. Tener la residencia permanente legal es un privilegio y no un derecho.
Este privilegio puede ser revocado si usted es condenado por un delito o acusado de violar cualquier otra sección de la Ley de Inmigración y Nacionalidad.
Cualquier ciudadano no estadounidense puede ser deportado por ciertos delitos, incluso si entra en el país legalmente con una visa, puede ser deportado por quedarse más tiempo del permitido en una visa o si da información fraudulenta en una solicitud o pasaporte.
Es posible que pueda evitar la deportación, dependiendo de su situación migratoria y del delito del que se le acuse. Un juez de inmigración considerará la concesión de una renuncia, teniendo en cuenta factores positivos como: lazos familiares, historial laboral y, si procede, rehabilitación de una condena penal.
El asilo es para aquellas personas, consideradas refugiados, que viven en Estados Unidos y solicitan asilo por temor a regresar a su país de origen debido a su religión, raza, opinión política o nacionalidad.
Se aplica a cualquier individuo independientemente de su país de origen. Si un inmigrante ha entrado ilegalmente en Estados Unidos, sigue teniendo derecho a solicitar asilo y presentar su caso.
Ventajas para los solicitantes de asilo:
- Los inmigrantes pueden solicitar asilo en cualquier puerto de entrada a Estados Unidos.
- Los solicitantes pueden solicitar asilo aunque se encuentren ilegalmente en Estados Unidos.
- Los solicitantes pueden solicitar prestaciones de asilo para su cónyuge o hijos (solteros, menores de 21 años), al mismo tiempo que su solicitud si las personas a su cargo ya se encuentran en Estados Unidos o una vez que se conceda el asilo.
- El empleo es posible si se cumplen determinados criterios.
- Los inmigrantes pueden solicitar la tarjeta verde un año después de que se les apruebe el asilo.
Limitaciones:
- Las solicitudes de asilo deben presentarse en el plazo de un año tras entrar en Estados Unidos (con algunas excepciones).
- Los solicitantes deben demostrar que cumplen los requisitos para el asilo.
- Los inmigrantes deben solicitar asilo aunque tengan una condena penal. Sin embargo, el asilo puede no concederse dependiendo del delito cometido.
El proceso de asilo es complicado y largo, por lo que es esencial contar con un abogado de inmigración.
La residencia permanente se consigue de diferentes maneras, la más probable basada en la familia. Si tiene familiares que son ciudadanos estadounidenses, tiene más probabilidades de obtener la tarjeta verde.
Puede obtener la residencia permanente legal basándose en un matrimonio por amor, tras un año de asilo aprobado, por petición familiar de los padres o de un cónyuge, por petición laboral, por violencia doméstica, entre otras formas.
Cada categoría tendrá unos pasos y procedimientos específicos a seguir. Los inmigrantes de la mayoría de las categorías necesitarán que alguien presente una petición de inmigrante. Siempre habrá un visado disponible para los familiares directos de ciudadanos estadounidenses.
La ciudadanía estadounidense y la naturalización es un proceso legal que se otorga al inmigrante después de vivir en Estados Unidos durante un determinado periodo de residencia.
Para que el proceso de ciudadanía se haga correctamente, se necesita la experiencia de un abogado que pueda ayudarle a evitar retrasos o peticiones de pruebas por falta de documentos, o por rellenar incorrectamente una solicitud.
El secretario del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) puede designar a un país extranjero para el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) debido a las condiciones en ese país que impiden que los nacionales del país regresen de forma segura a su país temporalmente. El USCIS puede conceder el TPS a nacionales elegibles de determinados países (o partes de ellos) que ya se encuentren en Estados Unidos. También se puede conceder el TPS a no ciudadanos elegibles cuya última residencia haya sido el país designado.
El secretario del DHS puede designar un país para el TPS debido a las siguientes condiciones temporales:
- Conflicto armado en curso (como una guerra civil).
- Un desastre natural (como un terremoto o un huracán) o una epidemia.
- Otras condiciones extraordinarias y temporales.
Durante el período designado, los individuos que son beneficiarios de TPS o que han resultado en elegibilidad preliminar para TPS durante la revisión inicial de sus casos (elegibles prima facie, o elegibles de primera intención):
- No serán expulsados de los Estados Unidos.
- Pueden obtener un Documento de Autorización de Empleo (EAD).
- Pueden obtener una autorización de viaje.
Una vez concedido el TPS, una persona tampoco puede ser detenida por el DHS debido a su estatus migratorio en Estados Unidos.
El TPS es un beneficio temporal que no conduce al estatus de residente permanente legal ni confiere ningún otro estatus migratorio. Sin embargo, inscribirse en el TPS no le impide:
- Solicitar el estatuto de no inmigrante
- Presentar una Solicitud de Ajuste de Estatus basada en una petición de inmigrante.
- Solicitar cualquier otra prestación o protección de inmigración a la que pueda optar.
Es la autorización que se otorga a un extranjero para ingresar al territorio nacional, en calidad de no residente, por un tiempo determinado y es solicitada por aquellos ciudadanos de países que por razones de política migratoria requieren autorización previa del Servicio Nacional de Migración, para ingresar al país.
Existen varios tipos de Visa, entre ellas están:
- Turistas: Personas que vienen a Estados Unidos por negocios o placer. El visado para personas de negocios tiene una duración corta. Los ciudadanos de algunos países pueden visitar Estados Unidos durante 90 días sin necesidad de obtener un visado.
- Inversores y comerciantes: Estas personas pueden recibir visados para abrir negocios. Deben proceder de un país que tenga un acuerdo comercial con Estados Unidos.
- Estudiantes: Las personas que quieran estudiar en Estados Unidos pueden optar a un visado de estudiante y a unas prácticas en el campo de sus estudios.
- Profesionales y ocupaciones especializadas: Los trabajadores profesionales con al menos una licenciatura (o experiencia equivalente) pueden optar a un visado si tienen un empleador y recibirán el mismo salario que un trabajador estadounidense de su categoría.
- Intercambio: Las personas que vienen a EE.UU. en un programa de intercambio aprobado pueden ser elegibles.
- Prometido: Para el prometido de un ciudadano estadounidense que se encuentre en el extranjero y tenga intención de casarse en los 90 días siguientes a su llegada.
- Empresas: Están disponibles para ejecutivos, directivos y algunos empleados que son trasladados a EE.UU. por empresas en el extranjero. Las personas con este tipo de visado pueden solicitar la residencia permanente sin necesidad de obtener un certificado laboral.
- Artistas y deportistas: Este visado es para artistas, modelos, atletas, entrenadores y preparadores físicos.
- Religiosos: Los trabajadores religiosos y los misioneros pueden solicitar esta categoría.
La Ley NACARA significa Ley de Asistencia para el Ajuste de Ciudadanos Nicaragüenses y Centroamericanos, una ley que fue promulgada para ayudar a las personas que califiquen a obtener la residencia permanente legal. Si necesita asistencia legal para entender esta ley, sus requisitos y cómo se relaciona con la cancelación de la deportación, le animo a ponerse en contacto con nosotros directamente en nuestras oficinas para proporcionarle el asesoramiento que necesita.
Las personas que califican para solicitar alivio bajo NACARA son aquellas personas que no han sido condenadas por un delito agravado y califican bajo categorías de fechas específicas. Estos incluyen personas de Guatemala, El Salvador, personas que son nacionales del antiguo bloque soviético como Rusia, Estonia, Letonia o Albania, Bulgaria, Checoslovaquia, Hungría, Alemania del Este, Polonia, Rumania, Yugoslavia o Lituania, un miembro de la familia que califica en uno de los grupos anteriores, un esposo, esposa, hijo o hija. Los requisitos de NACARA son muy específicos.
Aunque el periodo para solicitar la Residencia Permanente bajo NACARA ha expirado, la ley todavía puede ser utilizada para evitar la deportación de individuos elegibles.
Los ciudadanos de El Salvador son elegibles bajo NACARA (y para retener su deportación) bajo cualquiera de las dos categorías siguientes:
Categoría 1. El solicitante debe demostrar que:
- Entró en Estados Unidos antes del 19 de septiembre de 1990.
- Se inscribió en el programa «ABC» o TPS (Estatus de Protección Temporal) antes del 31 de octubre de 1991.
- No fue detenido por Inmigración cuando entró en Estados Unidos después del 19 de diciembre de 1990.
- Solicitó asilo antes del 16 de febrero de 1996.
Categoría 2. El solicitante debe demostrar que:
- Solicitó asilo en los Estados Unidos a través del Servicio de Inmigración antes del 1 de abril de 1990.
Los ciudadanos de Guatemala son elegibles bajo NACARA (y para la retención de expulsión) bajo cualquiera de las dos categorías siguientes:
Categoría 1. El solicitante debe probar que:
- Llegó a los Estados Unidos antes del 1 de octubre de 1990.
- Se inscribió para recibir prestaciones en virtud del programa ABC antes del 31 de diciembre de 1991.
- No fue detenido por Inmigración en el momento de su entrada en Estados Unidos después del 19 de diciembre de 1990.
- Solicitó asilo antes del 3 de enero de 1995.
Categoría 2. El solicitante debe demostrar que:
- Solicitó asilo en Estados Unidos a través del Servicio de Inmigración antes del 1 de abril de 1990.
- Para ciudadanos de ambos países y para todas las categorías: Según NACARA, el solicitante debe demostrar siete (7) años de presencia y residencia continuada en Estados Unidos.
Está a disposición de las personas que hayan sufrido considerables abusos físicos o mentales como consecuencia de una actividad delictiva. El inmigrante que solicita el visado U debe poseer información relevante sobre el delito, cooperar con las autoridades en la investigación del delito del que ha sido víctima.
Diseñado para permitir a las personas sin estatus hablar y denunciar delitos sin miedo a represalias, como la deportación.
Para poder optar a un visado U, deben cumplirse los cuatro requisitos siguientes:
- El inmigrante debe haber sufrido daños físicos o mentales como consecuencia de haber sido víctima de una actividad delictiva. El daño debe haber sido sustancial.
- El inmigrante debe poseer información sobre el delito.
- El inmigrante ha prestado, presta o puede prestar algún tipo de cooperación en la investigación, enjuiciamiento o condena del delito.
- La actividad delictiva descrita viola las leyes de los Estados Unidos o ha ocurrido dentro de los Estados Unidos.
Si ha enviado una petición o solicitud al USCIS y se la han denegado y se pregunta si puede recurrir la decisión, la respuesta es que tal vez pueda hacerlo.
Pero, ¿cuándo es posible, ante quién y en qué plazo?
¿Cómo sé que puedo recurrir la denegación de una petición o solicitud?
Porque el propio documento en el que el USCIS deniega la petición dirá si puede o no recurrir y ante quién debe presentarse el recurso.
También indicará el plazo, que suele ser de 30 días a partir de la fecha en que se emitió la decisión, no a partir de la fecha en que se recibió. Aunque debe tenerse en cuenta que el plazo puede ser más corto, el plazo significa que los papeles deben llegar a la autoridad que apela antes de esa fecha, no que se envíen.
¿A quién puedo recurrir una decisión del USCIS?
- Puede apelar ante la Oficina Administrativa de Apelaciones (AAO) o ante el Tribunal de Inmigración, que se conoce como BIA. Se decidirá por una u otra dependiendo del tipo de decisión del USCIS que esté apelando.
¿Quién puede recurrir?
- Sólo la persona que hizo la petición al USCIS, no el beneficiario. Por ejemplo, en los casos en los que un ciudadano estadounidense hace una petición para su hermano, si la petición es denegada es el ciudadano estadounidense quien puede apelar, no el hermano.
La única excepción se da en los casos en que el peticionario y el beneficiario son la misma persona, como VAWA para víctimas de violencia.
Es una de las formas de exención discrecional de la deportación. Es decir, un tribunal o las autoridades de inmigración tienen libertad para decidir si la conceden. Es muy común y permite a un inmigrante, que ha sido declarado deportable, salir de EE.UU. sin el estigma de la deportación.
Pero la gran ventaja es que permite al inmigrante, una vez de vuelta en su país o en su último país de residencia, solicitar un visado para regresar a EE.UU. La Embajada o el consulado decidirán si puede recibirlo. Por otro lado, los deportados tendrán que esperar un periodo de tiempo que oscila entre uno y 20 años, dependiendo de su caso, antes de poder intentar regresar legalmente a EE.UU. Incluso algunos deportados no podrán regresar a EE.UU. de por vida, como es el caso de las personas que fueron condenadas por delitos con agravantes, también conocidos como felonías.
El inmigrante deberá pagar los gastos de salida del país. Si se solicita antes de que finalice el proceso de deportación, el extranjero dispondrá de 120 días para salir de EE.UU. y no tendrá que demostrar ninguna condición especial. En cambio, si se solicita al final del proceso de deportación, el extranjero deberá salir en un plazo de 60 días y deberá demostrar además que ha residido en EE.UU. durante al menos un año antes de recibir el Aviso de Comparecencia, que ha sido una persona de buena conducta moral durante los cinco años anteriores al inicio del proceso, que no ha cometido ningún delito grave y que tiene verdadera intención de abandonar el país.
Estos plazos pueden acortarse o alargarse por decisión judicial. Si el inmigrante decide permanecer en el país a pesar de que se le ha concedido el beneficio de la salida voluntaria, puede ser multado e inhabilitado para recibir cualquier tipo de ayuda de inmigración durante 10 años.
Se trata de la no aplicación de una norma general. Puede adoptar formas muy diversas, desde no imponer una sanción, en cuyo caso se trata de una dispensa de inmigración, hasta no exigir el cumplimiento de una norma. En casos excepcionales también puede entenderse como la renuncia voluntaria a un derecho.
En materia de inmigración estadounidense, la renuncia se refiere, en muchos casos, al primer supuesto: la no aplicación de una norma a casos concretos e implica una renuncia.
Es esencial entender que la renuncia es voluntaria, en el sentido de que en los casos en que es posible solicitarla, la decisión final sobre si se concede o no depende de si se concede o no la renuncia.
La decisión final sobre si se concede o no depende de la voluntad del organismo con capacidad para tomarla
Ejemplos de renuncias o exenciones permitidas por la ley de inmigración estadounidense:
- Exenciones por inelegibilidad. Los visados para viajar a Estados Unidos pueden denegarse por múltiples motivos. Por ejemplo, porque el solicitante haya sido condenado en el pasado por determinados tipos de delitos.
- También es posible solicitar una renuncia en algunos casos en los que el visado se deniega porque el solicitante es inadmisible. Por ejemplo, la prohibición de entrar en Estados Unidos durante un periodo de tiempo determinado, que oscila entre tres y diez años, por estancia ilegal previa.
- Otro caso relativamente común de inadmisibilidad es en ciertos casos de expulsión inmediata que se produce en los Puertos de Entrada -aeropuertos, puertos y fronteras terrestres-, la consecuencia puede ser la prohibición de entrar en Estados Unidos durante cinco años.
En los casos de inadmisibilidad mencionados, se puede solicitar una renuncia para entrar en EE.UU. antes de que expire la prohibición mediante el formulario I-601, siempre que la persona sea un extranjero que desee inmigrar a EE.UU. o ajustar su estatus o incluso en ciertos casos de inmigrantes que no desean inmigrar.
Otras áreas de práctica
- Accidentes
- Defensa Penal
- Derecho Civil
- Contratos
- Derecho de familia